Jornada i horaris


Horaris publicacions Vacances, permisos i llicències

FIESTAS DE CASTELLÓN 2021

FIESTAS DE CASTELLÓN 2021

RESOLUCIÓN RELATIVA A LA REDUCCIÓN DE JORNADA DURANTE LA SEMANA DE FIESTAS DE CASTELLÓN DEL AÑO 2021

La DGJ ha publicado la resolución relativa a la reduccción de jornada durante la semana de fiestas locales de CASTELLÓN 2021

1. Durante los cinco días de jornada reducida de trabajo en la semana de fiestas de la ciudad de Castellón, el horario de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia será de 09.00 a 14.00 horas.

2. Los cinco días de jornada reducida de trabajo por festividades locales del año 2021, para los funcionarios de los órganos de la Administración de Justicia radicados en la ciudad de Castellón, serán los días 6, 7, 8, 9 Y 13 de septiembre
Dentro de dicho periodo se podrá acumular la reducción horaria de tres días en un día completo.

VER RESOLUCIÓN


REFUERZOS JUZGADOS VALENCIA Y ALICANTE

Conforme informa la DGJ estos son los refuerzos de los órganos judiciales que se nombran a fecha 17/08/21 con una duración hasta el 31 de diciembre de 2021


RESOLUCIÓN  POR LA CUAL SE APRUEBA EL REFUERZO EXTRAORDINARIO PARA LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA NÚMEROS 13 Y 28 DE VALENCIA

 

RESOLUCIÓN POR LA CUAL SE APRUEBA LA PRÓRROGA DEL REFUERZO PARA LA SECCIÓN SÉPTIMA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALICANTE CON SEDE EN ELCHE.


RESOLUCIÓN POR LA CUAL SE APRUEBA EL REFUERZO EXTRAORDINARIO PARA LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA NÚMEROS 8 Y 10 DE ALICANTE.


 

RESOLUCIÓN POR LA CUAL SE APRUEBA EL REFUERZO EXTRAORDINARIO PARA EL JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 1 DE BENIDORM.



REFUERZOS SEGUNDO SEMESTRE

Según información facilitada esta tarde por la DGJ se adjunta la RESOLUCIÓN de refuerzos del segundo semestre del 2021, en cuanto a los refuerzos que continuaban no cesaban, por lo que no han comunicado los ceses, en cuanto a los nuevos nos informan que empezar a entrar la semana que viene y la siguiente al estar remitiendo la documentación y estar pendientes de fiscalización.

REFUERZOS 2º SEMESTRE


RECUPERACION HORAS SAN JUAN

RECUPERACION HORAS SAN JUAN

Desde la DGJ han remitido las indicaciones para la compensación del día 24 de Junio día de San Juan
Por lo tanto, el programa informático GVCronos se ha configurado de manera que:

 El día 24 de junio es considerado como festivo.

 La parte fija del horario debe ser objeto de recuperación, pero no supone un incumplimiento horario, por lo cual no puede regirse por las previsiones de saldo mensual actuales del programa que aparecen en la pestaña de “Presencia Horaria”.

 A fin de poder verificar el cumplimiento de esta recuperación, se ha introducido en la aplicación una pestaña denominada “Festivos Recuperables” para la específica recuperación de las horas correspondientes al día 24 de junio, en la cual el personal podrá aplicar los excesos horarios mensuales que disponga.

 A la vista que el día objeto de recuperación es el 24 de junio, esta opción se encuentra habilitada a partir del día 25 de junio de 2021 y hasta el día 31 de diciembre del presente año.

Circular 1/2021


ALICANTE:  SAN JUAN


RESOLUCIÓN RELATIVA A LA REDUCCIÓN DE JORNADA DURANTE LA SEMANA DE LAS
HOGUERAS DE SAN JUAN DEL AÑO 2021 (ALICANTE)

Nos han comunicado desde la DGJ la resolución relativa a la reducción de jornada de la celebración de las fiestas de Hogueras de San Juan en la ciudad de Alicante, así como en los diversos municipios de la provincia.

1. Durante los cinco días de jornada reducida de trabajo en las respectivas semanas de
fiestas de cada uno de los municipios de la provincia de Alicante, el horario de trabajo del personal
al servicio de la Administración de Justicia será de 9:00 a 14:00 horas.
2. Los cinco días de jornada reducida de trabajo por festividades locales del año 2021, para
los funcionarios de los órganos de la Administración de Justicia radicados en la ciudad de
Alicante, serán los días 21, 22, 25, 28 y 29 de junio de 2021

3. Que, dentro de dicho periodo de jornada reducida se podrá acumular, de forma individual por
cada empleado público la reducción horaria de tres días en un día completo, siempre que las
necesidades del servicio quedan cubiertas, por medio del turno que se establezca en el mismo
órgano judicial, durante el mencionado periodo, el cual tendrá que ser comunicado por el
responsable funcional del órgano a la Unidad Administrativa correspondiente, a efectos
organizativos.

4. En aquellos municipios de la provincia de Alicante que no se acogen a la semana de fiestas
locales anteriormente establecida, los cinco días de jornada reducida podrán coincidir con la
semana de fiestas locales
determinada por el Ayuntamiento correspondiente, por medio de
propuesta efectuada a esta Dirección General.

5. Que durante los días señalados, aquellos juzgados, órganos o servicios en el ámbito
territorial de la provincia de Alicante que tengan establecido un horario especial lo tendrán que
mantener
por los motivos expuestos en esta resolución.


RESOLUCIÓN: Resolucion_reduccion_jornada_SAN_JUAN_2021_firmado.pdf

 


ACTUALIZACIÓN DE LA CONEXIÓN DEL ORDENADOR DOMÉSTICO PARA TELETRABAJO

ACTUALIZACIÓN DE LA CONEXIÓN DEL ORDENADOR DOMÉSTICO PARA TELETRABAJO

Se va a realizar una actualización en el sistema que afectará a los usuarios que realicen teletrabajo usando su equipo doméstico con sistema operativo Windows. Si el usuario dispone de otro sistema operativo o dispone de un portátil corporativo de la Generalitat podrá trabajar con normalidad.

Los usuarios afectados deberán ejecutar una serie de tareas con el fin de que su ordenador quede actualizado correctamente para poder seguir conectándose a la página de teletrabajo.

Es importante que esas tareas se realicen a partir de mañana, miércoles 9 de junio, ya que el hacerlas con anterioridad a dicha fecha no tendrá efecto.

Las instrucciones para poder realizar el cambio se encuentran en la página https://dgtic.gva.es/es/teletreball-des-d-equipo-domestic en el apartado “Actualización de la conexión del ordenador doméstico a GVA”


CIRCULAR FESTIVO RECUPERABLE 24 JUNIO 21

CIRCULAR FESTIVO RECUPERABLE 24 JUNIO 21

La DGJ ha dictado Circular en relación con el día 24 de junio San Juan

El personal al servicio de la Administración de Justicia en la Comunitat Valenciana, regulado en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, estará exento de la asistencia al trabajo el día 24 de junio de 2021, declarado festivo autonómico, retribuido y recuperable, no siendo aplicable al personal que preste servicio de guardia dicho día.

Deberán ser objeto de recuperación, en lo que resta de año 2021, las horas de la parte principal de horario, llamado tiempo fijo, correspondientes a dicha jornada.

CIRCULAR


HORARIO DE VERANO

HORARIO DE VERANO

Desde el 1 de Junio al 30 de septiembre inclusive.
El total de horas diarias es de 6,30 horas.


La forma de cumplimiento es igual que en el horario habitual

 


CAMBIOS GVCRONOS

CAMBIOS GVCRONOS

CAMBIOS QUE SE VAN A PRODUCIR EN LA APLICACIÓN CRONOS. LA INFORMACIÓN ESTARÁ DISPONIBLE EN LA INTRANET DE JUSTICIA.

En virtud de la Resolución de 5 de diciembre de 1996 de la Secretaría de Estado de Justicia por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios, así como de las Resoluciones de 17 de julio de 2006 y de 9 de julio de 2008, de la Dirección General de Justicia, por las que se aprueban y modifican las normas sobre calendario laboral de aplicación al personal al servicio de la Administración de Justicia en la Comunitat Valenciana, a partir del 1 de junio se van a introducir una serie de cambios en la aplicación de control horario GvCronos que básicamente consistirán en:
- La creación de una nueva columna con información sobre las horas teóricas que según normativa nacional se debe cumplir en Justicia (07:30 horas diarias)
- Sólo el tiempo trabajado después de esas 7:30 horas diarias podrá acumular saldo positivo a mes siguiente 
No obstante, se informa que se mantiene la dispensa de 20 minutos diarios tanto a la entrada como a la salida, de manera que las 06:50 horas diarias seguirá siendo el horario mínimo a realizar sin que se generen incumplimientos de horario flexible.
Si bien el tiempo trabajado a partir de las 06:50 horas diarias no servirá para acumular saldo a próximo mes si no se superan esas 07:30 horas, sin embargo sí que servirá para compensar/recuperar el saldo negativo de los días que no se han hecho esas 06:50 horas. Igualmente, ese tiempo seguirá sirviendo también para su posterior compensación dentro del mismo período los días que se realicen menos de esas 6:50 horas. Pero si el tiempo utilizable para compensar no se ha consumido en su totalidad el último día del período en curso, aquél se perderá y sólo se dispondrá a mes siguiente el tiempo generado para acumular. 
En cuanto a la prestación del servicio de guardia, computarán todas las horas que conformen la presencia física en el lugar de trabajo según los distintos horarios asignados.


DOCUMENTOS DE INTERÉS:


- Resolución de 17 de julio de 2006, de la Dirección General de Justicia, por la que se aprueban las normas sobre el calendario laboral de aplicación al personal al servicio de la Administración de Justicia en la Comunitat Valenciana

- Resolución de 19 de julio de 2006, de la Dirección General de Justicia, sobre el sistema de control del cumplimiento de la jornada y horarios establecidos en el ámbito de la Administración de Justicia en la Comunitat Valenciana

- Resolución de 9 de julio de 2008, de la Dirección General de Justiciar, por la que se modifica la Resolución del 17 de julio de 2006

- Modelo de solicitud de modificación de la parte fija del horario por necesidades conciliación de la vida familiar y laboral

- Instrucción de la DGMRAJ de 6/5/2021 (Autorizada la modificación no será necesaria nueva solicitud en caso de cambio de destino)


- Resolución de 6/11/2019 de la DGMJ por la que se flexibiliza 30 minutos de la parte fija de horario del día 11/11/2019 con motivo de la participación en Mesa Electoral o como Interventor/a en las Elecciones al Congreso de los diputados y Senado del 10/11/2019


Jornadas Reducidas Pascuas y Fiestas locales 2021:

Pascuas
Fallas
Orihuela
Elx
Vinaròs
Nules


RESOLUCIÓN PLAN CONCILIA

RESOLUCIÓN PLAN CONCILIA

Nos comunican desde la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia RESOLUCIÓN MODIFICACIÓN PLAN CONCILIA, por la que se establece que autorizada la modificación de la parte fija del horario por el Plan Concilia, no será necesaria nueva solicitud en los casos de cambio de puesto de trabajo, si bien el personal funcionario deberá comunicar la autorización al responsable funcional del nuevo destino.


MODELO SOLICITUD PLAN CONCILIA

INSTRUCCION_PLAN_CONCILIA_COMUNITAT_VALENCIANA_firmado.pdf


 

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PROLONGACIONES DE JORNADA INSTANCIAS Y SOCIALES

PROLONGACIONES DE JORNADA INSTANCIAS Y SOCIALES

AMPLIACIÓN 3 MESES INSTANCIAS Y SOCIALES VALENCIA


Conforme hemos solicitado en varias ocasiones la DGJ confirma que se amplían las prolongaciones de jornada de los órganos de Social e Instancia,  durante tres meses más, período que consideramos insuficiente por la carga de trabajo y seguiremos insistiendo.


NUEVO FORMULARIO PLAN QUINCENAL TELETRABAJO

NUEVO FORMULARIO PLAN QUINCENAL TELETRABAJO

La DGJ nos ha informado que a partir del día 19 de abril de 2021 los planes organizativos quincenales de trabajo no presencial, se comunicarán a través del formulario web habilitado en la Intranet de Justicia. Se han publicado asimismo unas instrucciones para facilitar su cumplimentación.
Con este sistema se evitará el envío por correo electrónico

VER INSTRUCCIONES


HORARIO DE PASCUAS

HORARIO DE PASCUAS

Desde la DGJ nos ha remitido la resolución adoptada sobre la reducción de la jornada en la semana de Pascua de 2021.


El personal al servicio de la Administración de Justicia de la Comunidad Valenciana, durante
la Semana Santa disfrutarà de cuatro días de jornada reducida, de 09:00 a 14:00 horas, que serán
los días 6, 7, 8 y 9 de abril de 2021.

En cualquier caso tendrá que respetarse lo que dispone el artículo 135.1 de la Ley 1/2000, de 7 de
enero, de Enjuiciamiento Civil
, respecto a la presentación de escritos sometidos a término,
garantizándose la asistencia de los funcionarios precisos para realizar estas funciones hasta las
15:00 horas.

DESCARGA LA RESOLUCIÓN EN PDF:


REDUCCION_JORNADA_PASCUA_2021_CASTELLANO_firmado.pdf

REDUCCION_JORNADA_PASCUA_2021_VAL_firmado.pdf

 


PROLONGACIONES DE JORNADA

PROLONGACIONES DE JORNADA

Según información facilitada por la DGJ en relación a las PROLONGACIONES DE JORNADA APROBADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL

1) Horario de prolongación de jornada: 40 horas semanales en cómputo mensual y 37.30 horas en horario de verano.

2) Asuntos particulares y Vacaciones: sí se pueden tomar días de asuntos particulares durante el horario de prolongación de jornada, que se computarán como 7 horas 30 minutos, por lo que se tendrá que recuperar en jornada laboral efectiva el tiempo restante de la prolongación en el mes.

3)Teletrabajo: se modifica la Nota Informativa de la Intranet en el siguiente sentido: la jornada de Teletrabajo es compatible con la prolongación de jornada, que computará como tal. En la aplicación gvacronos el teletrabajo computa como 8 horas diarias ó 7.30 en horario de verano.

4) Semanas con reducción horaria por festividad: se respeta la reducción a la prolongación de jornada y se computa proporcionalmente.

5) Reducción de jornada concedida por resolución: No es incompatible con la solicitud de prolongación de jornada y se aplicará en la parte proporcional.

VER INSTRUCCIONES

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RESOLUCIÓN HORARIO REDUCIDO FALLAS


Reducción de jornada de Fallas
Los días 15, 16, 17, 18 y 22 de marzo la jornada reducida será de 9.00 a 14.00 horas para los funcionarios destinados en la ciudad de Valencia, o en aquellos otros municipios de la provincia donde se celebran fiestas de Fallas como fiestas locales.


Dicho periodo de jornada reducida se podrá acumular, de forma individual por cada empleado público la reducción horaria de tres días en un día completo, siempre que las necesidades del servicio quedan cubiertas, por medio del turno que se establezca en el mismo.



RESOLUCIÓN FALLAS

 

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DÍAS ADICIONALES DE PERMISO A DISFRUTAR DURANTE El AÑO 2021

RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN Y RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA POR LA CUAL SE ACUERDA LOS DÍAS ADICIONALES DE PERMISO A DISFRUTAR DURANTE El
AÑO 2021

Se podrá disfrutar durante el año 2021, de dos días adicionales de permiso
unidos a los 9 ya previstos, por coincidir en sábado el día 1 de mayo y 9 de octubre, festividades laborales de
ámbito nacional o autonómico de carácter retribuido
, no recuperables y no sustituibles por la Comunidad
autónoma.
Esto sin perjuicio de los días adicionales por antigüedad que puedan corresponder al personal en
aplicación de la Instrucción de 12 de mayo de 2016, de la Dirección General de Justicia.

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APLICACIÓN DEL PORCENTAJE DEL 40 % DE LA PLANTILLA QUE PUEDE PRESTAR SERVICIOS EN LA MODALIDAD DE TRABAJO NO PRESENCIAL

Ante las consultas realizadas respecto al porcentaje de puestos de trabajo que pueden prestar servicios en la modalidad de trabajo no presencial, el criterio de esta Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia es el siguiente:

Si al aplicar el porcentaje del 40 % sobre la plantilla que preste servicios efectivos se obtiene un número decimal, éste se redondeará al alza.


CALENDARIO DE GUARDIAS 2021 COMUNIDAD VALENCIANA


Calendario de guardias 2021

 



RESOLUCIÓN AMPLIACIÓN PLAZO DISFRUTE DE VACACIONES Y DÍAS DE ASUNTOS PROPIOS

RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN Y RELACIONES CON LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, POR LA QUE SE ACUERDA EL PERIODO DE DISFRUTE DE
LOS DÍAS POR ASUNTOS PARTICULARES Y VACACIONES CORRESPONDIENTES AL AÑO
2020


El personal de los Cuerpos de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación

Procesal y Administrativa, Auxilio Judicial y Ayudantes de Laboratorio, al servicio de la Administra-
ción de Justicia de la Comunitat Valenciana
, siempre que concurran las circunstancias y requisitos

previstos por la ley para su concesión:

1. Puedan, como regla general, disfrutar hasta el 31 de enero de 2021 de las vacaciones y días
de permiso por asuntos particulares correspondientes a 2020.


2. No obstante, se podrá autorizar el disfrute de las vacaciones correspondientes al año 2020
hasta el 31 de marzo de 2021
a los funcionarios de los Cuerpos Generales y Especiales de la
Administración de Justicia de la Comunitat Valenciana:

- Destinados en aquellas unidades donde, de no hacerlo y dada su naturaleza y funciones, así
como la imposibilidad de arbitrar mecanismos de sustitución, se produzca un riesgo cierto en
la prestación ordinaria de servicios públicos durante los meses de diciembre y enero de 2021;

o bien

- En aquellos casos específicos de peticiones de disfrute durante 2020 que hayan sido dene-
gadas expresamente
, cuando el motivo de la denegación haya estado fundamentado en las

necesidades del servicio

3. Además, y con carácter excepcional, hasta el 31 de marzo de 2021, podrán disfrutar de tres

de los días de permiso por asuntos particulares correspondientes a 2020 y no hubieren con-
sumido hasta el 31 de enero de 2021.


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BOE, PUBLICACIÓN DEL CALENDARIO DÍAS INHÁBILES 2021

Días inhábiles

Resolución de 4 de diciembre de 2020, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se establece a efectos de cómputo de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2021.

PDF (BOE-A-2020-16072 - 3 págs. - 228 KB)
Otros formatos


PUBLICADO EN INTRANET INSTRUCCIÓN DE TRABAJO MODALIDAD NO PRESENCIAL

Se comunica que se ha dictado una INSTRUCCIÓN sobre la modalidad no presencial de trabajo.

El personal funcionario que quiera solicitar esta modalidad de trabajo deberá cumplimentar la SOLICITUD y remitirla a su responsable funcional (LAJ).

El responsable funcional, recibidas todas las solicitudes, formalizará la petición a través del FORMULARIO WEB (Petición responsable funcional).

En caso de que el responsable funcional informe desfavorablemente las solicitudes, lo remitirá por medio de correo electrónico a la dirección: teletrabajo_justicia@gva.es, para su resolución.

NOTA: Las prolongaciones de jornada se realizarán en la modalidad presencial.

DOCUMENTOS ADJUNTOS:

Instrucción_D.G_._sobre_modalidad_no_presencial_.pdf
solicitud_normalizada_modalidad_no_presencial.pdf

 


INTERSINDICAL JUSTÍCIA TORNA A DEMANAR PRÒRROGA DELS DIES DE VACANCES I PERMISOS D’ASSUMPTES PARTICULARS CORRESPONENTS A L’ANY 2020

INTERSINDICAL JUSTICIA torna a demanar que es dicte de forma URGENT una instrucció per la qual els dies de vacances i permisos per assumptes particulars corresponents a l’any 2020 es puguen gaudir fins el 31 de març de 2021.


INTERSINDICAL JUSTICIA EXPOSA:


1. Que la Instrucció de vacances, llicències i permisos de data XXXXX estableix que les vacances i permisos per assumptes particulars es podran gaudir fins el 30 de gener de l’any següent, sempre que siga compatible amb les necessitats del servei.

2. L’any 2020 està sent un any molt complexe per la situació de pandèmia que estem travessant originada pel covid-­19, i el volum de treball acumulat als òrgans judicials, així com la dificultat d’establir torns entre el funcionariat per tal de gaudir de les seves jornades de descans, ha provocat que la gran majoria tinguen en el seu haver un considerable número de vacances i permisos, els quals, a hores d’ara, encara no han pogut gaudir.

3. A això cal afegir i recordar que el personal interí sols pot gaudir de les seues vacances i permisos tal i com les van generant amb el temps treballat, la qual cosa provoca que totes les generades en els darrers mesos encara no s’han pogut realitzar.

4. En anys anteriors, i per diversos motius, la Direcció General de Justícia ha dictat diferents instruccions per les quals es permitia poder gaudir les vacances i permisos per assumptes particulars en una data posterior al 30 de gener.

5. Per tal d’evitar que en els mesos de desembre i gener, el personal sol·licite a la mateixa vegada, o en periodes successius, les vacances i permisos que els queden per gaudir, i es produïsca un periode de buit de personal en els diferents òrgans, cal que la Direcció General de Justícia dicte de forma urgent una instrucció prorrogant el periode de gaudiment de les vacances i permisos per assumptes particulars per al personal de l’Administració de Justícia.

6. De no ser així, ens trobarem amb multitud de casos què, per tal de que no quede desatés el servei dels òrgans, el personal arribarà a la data de 30 de gener de 2021 sense haver pogut gaudir de les seues vacances i permisos, la qual cosa podría significar un allau de reclamacions exigint el seu pagament al·legant amb tota raó que no s’han pogut gaudir per necessitats del servei.


Per tot allò exposat, i per tal d’afavorir un millor servei a l’Administració de Justícia


INTERSINDICAL JUSTICIA SOL·LICITA


Que es tinga per presentat aquest escrit i que per la Direcció General de Justícia es dicte de forma URGENT una instrucció per la qual els dies de vacances i permisos per assumptes particulars corresponents a l’any 2020 es puguen gaudir fins el 31 de març de 2021.

 

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MAÑANA PUBLICARÁN EN INTRANET LA INSTRUCCIÓN QUE REGULA TELETRABAJO

Nos remiten la instrucción por la cual se regula la modalidad no presencia de trabajo para el personal de la Administración de justicia durante la situaicón de la Crisis Sanitaria que estará disponible a través de la INTRANET DE JUSTICIA a partir del martes en los enlaces información general de procedimientos

INSTRUCCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN Y RELACIONES DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA POR LA QUE SE REGULA LA MODALIDAD NO
PRESENCIAL DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
DURANTE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA

 

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COMUNICACIÓN SOBRE LA SOLICITUD DE LA MODALIDAD DE TRABAJO NO PRESENCIAL

COMUNICACIÓN SOBRE LA SOLICITUD DE LA MODALIDAD DE TRABAJO NO PRESENCIAL

Por la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia se informa de que se están ultimando las negociaciones para la resolución sobre la modalidad de trabajo no presencial del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, y en los próximos días se publicará dicha resolución, que regulará el proceso de solicitud de esta modalidad de trabajo y las condiciones concretas de acceso para los/las funcionarios/as de Justicia de nuestra Comunitat.

En consecuencia, a partir del día 19 de noviembre de 2020, se elimina la opción de solicitar la modalidad de trabajo no presencial desde esta Intranet de Justicia (en el apartado de “Peticiones a la DGJ”).

Próximamente se comunicará por esta Dirección General la nueva forma de solicitud y acceso a la modalidad de trabajo no presencial.


INTERSINDICAL JUSTICIA RECHAZA LA PROPUESTA DE INSTRUCCIÓN DEL TELETRABAJO

TODO A COSTA DE LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES

Mientras que el Gobierno de España regula el teletrabajo con el coste de equipos y conexiones al empresario, la Conselleria de Justicia hace responsable y que aporte los equipos, conexión a internet y su mantenimiento a los/as trabajadores/as,

INCUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN EN MATERIA DE TELETRABAJO

A pesar de que el Real Decreto-ley 29/2020, de 29 de septiembre, al modificar el Estatuto Básico del Empleado Público en su artículo 47bis establece que “La Administración proporcionará y mantendrá a las personas que trabajen en esta modalidad (Teletrabajo), los medios tecnológicos necesarios para su actividad”, la Conselleria hace caso omiso y deja en manos de los/as trabajadores/as la obligación de aportar todas las herramientas para ello y sufragar todos los gastos.

CASI 1.000.000 € PARA JUECES, FISCALES Y LETRADOS

Mientras la Conselleria se ha gastado casi 1.000.000 € comprando equipos para que teletrabajen Jueces, Magistrados, Fiscales y Letrados de la Admón. de Justicia, personal que no depende de la Generalitat Valenciana, sino del Ministerio de Justicia, al personal que si depende en cuanto medios personales y materiales se les obliga a adquirir equipos personales para poder teletrabajar.

¿Qué la salud o el riesgo no es el mismo para todos?

Desde INTERSINDICAL JUSTICIA rechazamos que el coste (equipos y gastos) del teletrabajo recaiga sobre los trabajadores por la falta de provision, previsión y la incompetencia de la Conselleria de Justicia para poder dar las herramientas adecuadas y para hacer frente a esta pandemia.

REGULACIÓN INEFICAZ Y DEFICIENTE

Si la deficiencia y escasez de medios es preocupante la regulación es mucho más, la limitación al 30% de la plantilla a pesar de no discriminar los servicios de atención al público y los que no son de atención directa, obliga al 70% de la misma a correr el riesgo de posibles contagios sin necesidad de ello, dado los actuales locales de Juzgados con mesas tocándose unas a otras y sin cita previa, con lo que la acumulación de personal en las sedes es preocupante.

TODO QUEDA AL CRITERIO DE LOS LETRADOS

A pesar de solicitar el teletrabajo con los criterios acordados, el Letrado puede denegar cursar esa solicitud con criterios tan aleatorios como las “necesidades del servicio”

Accede a la propuesta de Instrucción.

 

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PUBLICADO EN EL BOE RELACIÓN DE FIESTAS LABORALES PARA EL AÑO 2021

Resolución de 28 de octubre de 2020, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2021.

DECRETO 158/2020, de 23 de octubre, del Consell, de determinación del calendario laboral en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.


- 1 de enero: Año Nuevo
- 6 de enero: Epifanía del Señor
- 19 de marzo: San José
- 2 de abril: Viernes Santo
- 5 de abril: Lunes de Pascua
- 1 de mayo: Día del trabajador
- 24 de junio: San Juan, Según DOGV día festivo, retribuido y recuperable
- 9 de octubre: Día de la Comunidad Valenciana
- 12 de octubre: Fiesta Nacional de España
- 1 noviembre: Día de todos los Santos
- 6 de diciembre: Día de la Constitución Española
- 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
- 25 de diciembre: Natividad del Señor


CALENDARIO LABORAL COMUNIDAD VALENCIANA 2021

CALENDARIO LABORAL  COMUNIDAD VALENCIANA 2021

El Consell aprueba el Calendario Laboral de aplicación en la Comunitat Valenciana para el año 2021

Se fijan 12 días inhábiles a efectos laborales, retribuidos y no recuperables
- La festividad de San Juan, el 24 de junio, tendrá carácter retribuido y recuperable

El Pleno del Consell ha aprobado el decreto por el que se establece el calendario laboral de aplicación en el ámbito de la Comunitat Valenciana para el año 2021.

Se declaran, dentro del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, días inhábiles, a efectos laborales retribuidos y no recuperables, las fechas que a continuación se relacionan:

1 de enero, Año Nuevo
6 de enero, Epifanía del Señor
19 de Marzo, San José
2 de abril, Viernes Santo
5 de abril, Lunes de Pascua
1 de mayo, Fiesta del Trabajo
9 de octubre, Día de la Comunitat Valenciana
12 de octubre, Fiesta Nacional de España
1 de noviembre, Fiesta de Todos los Santos
6 de diciembre, día de la Constitución
8 de diciembre, día de la Inmaculada Concepción
25 de diciembre, Natividad del Señor

Además, se establece como festivo con carácter retribuido y recuperable el 24 de junio, día de San Juan.

El calendario laboral que se recoge en el decreto ha sido sometido a informe previo del Consejo Tripartito para el Desarrollo de las Relaciones Laborales y la Negociación Colectiva de la Comunitat Valenciana, órgano consultivo donde se encuentran presentes las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en la Comunitat Valenciana.


TELETRABAJO EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TELETRABAJO EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

El pasado día 8 de octubre tuvo lugar una reunión de los sindicatos representativos con el Ministerio de Justicia para abordar una normativa básica estatal que regule el teletrabajo en la Administración de Justicia, en la cual no se entregó ningún borrador de esta posible regulación, pero dejando claro el marco normativo.

Se pretende hacer una regulación básica por parte del Ministerio de Justicia, sin perjuicio de su desarrollo por parte de las Comunidades Autónomas con competencia en Justicia.

Se aplicaría en aquellos puestos que puedan desarrollar sus funciones fuera de sus centros de destino mediante las herramientas digitales adecuadas para ello.
Sera voluntario y reversible.

La Administración no considera el teletrabajo como un derecho como tal, sino una forma de prestación del servicio público, por lo que requerirá autorización previa y expresa de la administración y conllevara una primera revisión o informe por el responsable funcional de la oficina judicial (LAJ).
Los medios y equipos se facilitaran por la Administración.

Se deberá garantizar la igualdad de derechos y obligaciones respecto al trabajo que se realice de forma presencial.

Para INTERSINDICAL JUSTICIA esta “novedosa” regulación, está condenada al fracaso, ya que actualmente no se dispone de las herramientas tecnológicas adecuadas para llevarlas a cabo, falta de interconexión entre los distintos territorios, no se dispone actualmente del expediente judicial electrónico, equipos y sistemas obsoletos, etc.

Si antes no se solucionan estos problemas, el teletrabajo se convertirá en otro dolor de cabeza para el personal de Justicia.

Intersindical Justicia, en ningún caso se opone a la regulación del teletrabajo, pero esta debe de contener unos mínimos necesarios para su implantación en la Administración de Justicia.

1.- Debe ser considerado como un derecho del personal, eliminando cualquier autorización previa del LAJ, no puede ser que esa autorización previa se convierta en un veto que limite este derecho.

2.- Se determine el porcentaje del personal destinado en un servicio determinado, pueda acogerse al teletrabajo y criterios para su concesión.

3.- Que la Administración no solo se haga cargo de los medios materiales (equipo informático) sino también de los accesorios como son electricidad, internet, etc. Ya que hay que tener en cuenta que la Administración no tendrá que asumirlos en el puesto de trabajo.

4.- Que se introduzcan los mecanismos adecuados para garantizar el derecho al descanso y la desconexión digital.

5.- Que se garanticen los derechos de conciliación de las personas que teletrabajen, no afectando en ningún caso a los derechos de vacaciones, permisos y licencias.

6.- Que se garantice el derecho a la privacidad, asegurando una conexión privada sin control de la administración.

7.- Que se garantice una formación y conocimientos técnicos adecuada para lograr el rendimiento óptimo de todas las herramientas informáticas puestas a nuestra disposición para el teletrabajo.

Desde Intersindical Justicia creemos que esta regulación debe hacerse con cautela y que debe ajustarse más allá de la actual situación de pandemia por el covid-19, ya que debe regularse para situaciones futuras.


PLAN DE REFUERZOS DEL 1 DE OCTUBRE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2020


Comunicación de la Resolución de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia por la que se aprueba el Plan de refuerzos para los Juzgado de la Comunitat Valenciana del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2020.

ACCEDE PINCHANDO AQUÍ A LA RESOLUCIÓN


PLAN DE REFUERZOS DEL 1 DE OCTUBRE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2020

 



INTERSINDICAL JUSTICIA SOLICITA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE DISFRUTE DE LOS DÍAS DE ASUNTOS PROPIOS

INTERSINDICAL JUSTICIA SOLICITA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE DISFRUTE DE LOS DÍAS DE ASUNTOS PROPIOS

Debido al confinamiento por la pandemia del COVID-19 y a que las posteriores fases del estado de alarma han provocado un aumento sustancial de trabajo en los órganos judiciales un gran número de funcionarios únicamente han disfrutado de sus vacaciones o parte de ellas, quedándoles todavía casi todos los días de asuntos propios por disfrutar.

Debido a esta situación excepcional, INTERSINDICAL JUSTICIA ha solicitado que se amplíe el plazo de los días de asuntos propios correspondientes al año 2020 hasta el 31 de marzo de 2021.


TELETRABAJO: PUBLICADO EN EL BOE REGULACIÓN SOBRE TRABAJO A DISTANCIA

TELETRABAJO: PUBLICADO EN EL BOE  REGULACIÓN SOBRE TRABAJO A DISTANCIA

Hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 28/2020 de 22 de septiembre que regula el trabajo a distancia.



RESOLUCIONES PLAN DE REFUERZOS EXTRAORDINARIO Y PROLONGACIONES

RESOLUCIONES PLAN DE REFUERZOS EXTRAORDINARIO Y PROLONGACIONES

La Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia ha dictado dos resoluciones en cumplimiento de lo dispuesto en el Plan de Actuación de la Disposición Adicional Decimonovena del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 del Ministerio de Justicia. En dicho Plan se contemplaban dos tipos de medidas, las denominadas refuerzos externos que se han aprobado en la resolución de Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia fecha 27/07/20 y, las denominadas medidas de auto refuerzo que se han aprobado en la Resolución de la misma fecha por la que se aprueba la comisión de servicios sin relevación de funciones y con prolongación de jornada a funcionarios de los cuerpos al servicio de la administración de justicia en los ámbitos de la jurisdicción social y mercantil en el ámbito de la Comunitat Valenciana en cumplimiento del citado Plan de Actuación. Dado que las medidas de auto refuerzo vinieron impuestas por el citado Plan de Actuación, se arbitraron dichas medidas en cumplimento de lo acordado para esta Comunidad Autónoma y para el resto de Comunidades Autónomas.


DOCUMENTOS ADJUNTOS:

Resolucion_1-6-2020_Refuerzo_Extraordinario_Órganos_Sociales_y_Mercantiles.pdf

Resolucion_1-6-2020_prolongaciones_de_jornada_Órganos_Sociales_y_Mercantiles_(1).pdf

 


TELETRABAJO: RECORDATORIO CADUCIDAD CERTIFICADOS LIGEROS

TELETRABAJO: RECORDATORIO CADUCIDAD CERTIFICADOS LIGEROS

Desde el Servicio de Implantación de la Oficina Judicial, Modernización, Formación y Relaciones Sindicales de la Dirección General de Justicia de Valencia se recuerda la próxima caducidad de los certificados ligeros para las conexiones VPNs.

Asimismo, se adjunta la guía de conexión remota elaborada por la DGTIC, a la que pueden acceder pulsando AQUÍ.

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PUBLICADO EN INTRANET REGULARIZACIÓN CRONOS

PUBLICADO EN INTRANET REGULARIZACIÓN CRONOS

A partir del día 11 de septiembre, el programa CRONOS va a recalcular los saldos horarios del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, reseteando cualquier saldo negativo desde que comenzó el Estado de Alarma hasta el día 1 DE JULIO DE 2020.



NUEVO ACCESO A CRONOS

NUEVO ACCESO A CRONOS



NOVEDADES SOBRE VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS

NOVEDADES SOBRE VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS

Nos ha comunicado la Dirección General de Justicia que los días de asuntos propios correspondientes al año 2019, que no se pudieron disfrutar debido a la declaración del estado de Alarma, ya se pueden solicitar a través del programa Cronos y en principio, según comunica la Unidad Administrativa, hasta el 30 de junio, respondiendo a la solicitud que ya hizo en su momento INTERSINDICAL JUSTICIA, debido a la suspensión de las fiestas de Fallas.
Como ya os comunicamos en su momento, las vacaciones correspondientes al 2020, ya se pueden solicitar a partir momento de entrada en la tercera fase de normalización en la Administración de Justicia, y según la normativa actualmente en vigor.

DOCUMENTOS ADJUNTOS:

  FESTIVOS_2020_VALENCIA.pdf

  VACAS_2020_ASUNTOS_PARTICULARES.pdf

INSTRUCCIÓN DE 12 DE MAYO DE 2016 DGJ


instruccionsistemadecontrolhorario.pdf


INICIO DEL HORARIO DE VERANO, DEL 1 DE JUNIO AL 30 DE SEPTIEMBRE

INICIO DEL HORARIO DE VERANO, DEL 1 DE JUNIO AL 30 DE SEPTIEMBRE

El próximo lunes 1 de junio se inicia el horario de verano, que se prolongara hasta el 30 de septiembre, pasando a ser de 6,30 h. de media diaria, con la misma parte fija que el resto del año.
Parte fija de 5 horas y 30 minutos, o sea de 8,30 h. a 14,00 h. ó de 9.00 h. a 14,30h.
Parte flexible del horario se distribuirá a criterio del funcionario y se podrá cumplir de lunes a viernes, entre las 7,30 a la 9,00 horas, y entre las 14,00 h. a las 19,00 horas.
En los órganos judiciales que tengan establecidos turnos de mañana y tarde, no sufre variación y sera el señalado por el Ministerio de Justicia:
Turno de mañana: El horario del turno de mañana es de 6,00 h., a realizar entre las 7:30 y las 14:00 horas,
Turno de tarde: El horario del turno de tarde es de 4,30 h. diarios, a realizar entre las 15:00 y las 20:00 horas.
Todas las medidas de conciliación, como de reducciones de jornada, siguen en vigor.

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COVID-19: PUBLICACIÓN EN EL BOE EL PLAN DE DESESCALADA PARA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

COVID-19: PUBLICACIÓN EN EL BOE EL PLAN DE DESESCALADA PARA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Criterios de aplicación de la Fase 1

1. Presencia en turnos. El porcentaje de personal que atenderá los turnos en esta fase (30-40%) se calculará sobre la plantilla efectiva de cada órgano o servicio, con las siguientes modulaciones:

– Los Juzgados y Fiscalías en servicio de guardia deberán contar con toda la dotación de personal que preste el servicio de guardia para atender debidamente el servicio.

– En los demás órganos judiciales, fiscales, Institutos de Medicina Legal, Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, se atenderá a la naturaleza y necesidades de cada uno de ellos, así como las concretas funciones o materias legalmente atribuidas a cada órgano o conjunto de órganos.

– El turno de asistencia de los Letrados de la Administración de Justicia y los Agentes de Auxilio Judicial se establecerá en función de los destinados en órganos del mismo tipo en cada partido judicial, siempre que exista más de uno de cada tipo. En caso contrario, deberán acudir un día de cada dos, aplicándose los criterios de sustitución ordinaria si fuera preciso.

-El personal destinado en Registro Civil deberá asistir en su totalidad cuando el Letrado de la Administración de Justicia responsable considere que es imprescindible para la correcta prestación del servicio.

– El personal de limpieza, el adscrito a las guardias de los equipos técnicos de menores y los oficiales de autopsia deberán seguir prestando sus servicios al 100%. Cuando el número de personas que deban realizar el turno no puedan asignarse dentro del porcentaje establecido, la totalidad de ellas deberán asistir en el plazo de tres días, aun en porcentajes desiguales.

2. Procedimiento de revisión por razones del servicio. Los responsables funcionales de los órganos o servicios podrán acordar la presencia de un porcentaje de personal superior al indicado cuando se encuentre justificado por necesidades del servicio, y siempre previa autorización de la Secretaría General de la Administración de Justicia o del órgano competente de la Comunidad Autónoma que ostente competencias en la materia. La solicitud será comunicada a las autoridades respectivas a través del responsable superior correspondiente. No podrá autorizarse esta mejora cuando sea incompatible con los criterios de salud laboral sobre ocupación de los espacios.

3. Exclusión formal de participación en turnos. No podrá ser llamado a formar parte de estos turnos:

– El personal que tenga reconocidos permisos por patologías susceptibles de agravarse por efecto del COVID-19, en tanto no se verifique por la autoridad competente en qué condiciones puede prestar servicio en situación de seguridad, y siempre que la administración competente las garantice.

El personal que tenga reconocidos permisos por razón de deber inexcusable, sin perjuicio de su preferencia para formar parte de los turnos de tarde, si ese horario se ajusta a sus necesidades y procediese su establecimiento excepcional.

Durante la vigencia de la fase I los Secretarios de Gobierno y los responsables de las Comunidades Autónomas requerirán a los interesados la justificación documental que consideren pertinente que acredite la concurrencia de los presupuestos para su concesión y la imposibilidad de compatibilizar por completo el deber inexcusable con la asistencia al puesto de trabajo.

4. Realización de funciones mediante teletrabajo. El personal que no deba prestar servicio en un turno concreto deberá realizar sus funciones mediante teletrabajo siempre que lo haya solicitado voluntariamente y se le haya proporcionado dispositivos con accesos securizados a los sistemas y aplicaciones de gestión procesal o un medio de acceso a los mismos desde sus dispositivos personales en similares condiciones.

Criterios para la cobertura de turnos de tarde en la Administración de Justicia

Establecimiento de turnos.

El establecimiento de turnos de tarde será determinado exclusivamente por cada una de las administraciones competentes en su ámbito de actuación. La adopción de esta medida estará motivada exclusivamente por la necesidad de atender los criterios de las autoridades sanitarias necesarios para hacer frente al COVID-19.

Características de los turnos

El turno de mañana siempre contará con una dotación superior al del turno de tarde. Como regla general, y siempre que lo permitan las recomendaciones sanitarias, en el turno de mañana asistirá entre el 70 y el 80% del personal que deba acudir en cada fase de desescalada, y en el de tardes entre el 20 y el 30%.

Participación en los turnos de tarde.

La participación en los turnos de tarde será voluntaria.

Corresponde al responsable funcional de cada órgano o servicio determinar el personal que debe participar en los mismos, teniendo en cuenta su voluntariedad. La modificación de las preferencias expresadas deberá comunicarse con al menos una semana de antelación a su efectividad.

Cuando existan una pluralidad de interesados superior a las plazas precisas para cubrir el turno de tarde, tendrán preferencia los funcionarios que tengan reconocido el permiso por deber inexcusable por razón de cuidado de menores o mayores dependientes.

En su defecto, la preferencia se reconocerá por la mayor antigüedad en el órgano o servicio de destino.

Si no existieran voluntarios suficientes en el órgano judicial, podrá acordarse la cobertura del turno de tarde por voluntarios del mismo cuerpo que presten servicio en el partido judicial, que quedarán excluidos del turno de su propio órgano.

Solo cuando tampoco de esta forma se cubriera el turno de tarde podrá establecerse un turno forzoso rotatorio entre el personal del órgano o servicio.

Horario de las jornadas:

Cuando se establezcan turnos de mañana y tarde, el horario será:

Mañana será de seis horas entre las 7:30 y las 14:00 horas.

Tarde de cuatro horas y treinta minutos entre las 15:00 y las 20:00 horas.

  Se garantizará en todo caso el periodo de una hora entre la finalización del turno de mañana y el inicio del turno de tarde para proceder a la limpieza de los espacios de trabajo compartidos, sin perjuicio de la flexibilidad en la entrada y la salida del personal.

  No se podrá iniciar la labor de turno de tarde en tanto no se haya producido la limpieza de las dependencias en que deban prestar servicio los funcionarios que lo integren.

Actuaciones en jornada de tarde.

Durante la jornada de tarde no se prestará con carácter general servicio de atención al público o profesionales sin perjuicio de su procedencia cuando se haya acordado previamente la celebración de actuaciones en ese horario.

Cuando excepcionalmente se deban realizar actuaciones y estas requieran la presencia de personal de un cuerpo específico que no haya solicitado voluntariamente el turno de tarde, deberán ser atendidas por personal de otros órganos del mismo cuerpo que lo haya solicitado.

La asignación al turno de mañana o tarde será compatible con la solicitud y disfrute de los permisos por actividades formativas procedentes conforme a la normativa de función pública.

Los plazos procesales se reactivaran en la fase 3.
La Fase I del Plan con efectos desde el 12 de mayo de 2020​

RESUMEN FASES DE LA DESESCALADA

  a) Fase 1. «Inicio de la reincorporación programada»: acudirán a cada centro de trabajo entre un 30 y un 40% de los efectivos que presten servicio en ellos.

b) Fase 2. «Preparación para la reactivación de los plazos procesales»: se iniciará cuando haya transcurrido al menos una semana desde el inicio de la fase I. Acudirán a cada centro de trabajo entre un 60 y un 70% de los efectivos que presten servicio en ellos, en turnos de mañana y tarde, si así se establece.

c) Fase 3.
«Actividad ordinaria, con plazos procesales activados»: se iniciará siempre que hayan transcurrido al menos dos semanas desde el inicio de la fase II. Acudirán a cada centro de trabajo el 100% de los efectivos que presten servicio en ellos, en turnos de mañana y tarde, si así se establece.

d) Fase 4. «Actividad normalizada conforme a la situación anterior al estado de alarma»: se iniciará en el momento en que se levanten las recomendaciones sanitarias que permitan retornar a la situación de funcionamiento anterior a dicha declaración. Acudirán a cada centro de trabajo el 100% de los efectivos en su jornada ordinaria.


REANUDACIÓN FICHAJE CRONOS

REANUDACIÓN FICHAJE CRONOS

La Dirección General de Justicia nos ha informado esta tarde que ha partir de mañana se reanuda el control de fichaje mediante la aplicación CRONOS.
En principio, nos informan que es a efectos de controlar el aforo y la asistencia a los centros de trabajo.
El horario que deberemos cumplir sera de 6 horas 50 minutos cada día a quien le corresponda asistir de forma presencial, dada la situación actual no hay posibilidad de compensar en la parte flexible del horario. Deberá cumplimentarse en la franja comprendida entre las 7.30 horas y las 15.30 horas, a fin de poder atender el servicio y que de tiempo a dejar la sede limpia para la jornada siguiente.

El horario de guardia sera el correspondiente a cada tipo.

A quien no le corresponda acudir al trabajo, en la aplicación le aparecerá incumplimiento horario, pero sera corregido por la Unidad Administrativa.

Resolución horario 17 julio 2006


COVID-19 INFORMACIÓN SOBRE LA PRÓXIMA APLICACIÓN DE LOS TURNOS DE MAÑANA Y TARDE

COVID-19 INFORMACIÓN SOBRE LA PRÓXIMA APLICACIÓN DE LOS TURNOS DE MAÑANA Y TARDE

En la reunión mantenida hoy por las organizaciones sindicales representativas con los responsables del Ministerio se ha dado trasladado que las jornadas de mañana y tarde se iniciarían durante la FASE I del proceso de desescalada en la Administración de Justicia, empezaría ya la semana próxima.

FASE I: Conllevaría un 33% de presencialidad de personal en las oficinas judiciales. En esta primera fase, dada la reducida dotación de personal necesaria dudamos que sea necesario el establecimiento de los turnos de mañana y tarde previstos.

La administración ha explicado las líneas generales de cómo va a ser dicha regulación de las jornadas de mañana y tarde:

Se establecerá un marco regulatorio general, sin perjuicio de su desarrollo y concreción por las CCAA.
Sólo se establecerá el TURNO DE TARDE en los casos en que, en razón al número de personal en situación presencial y los espacios disponibles en las oficinas judiciales, no puedan realizarse únicamente jornadas de mañana en condiciones de seguridad sanitaria.
Todavía se está perfilando la configuración de los turnos, si bien se ha expuesto que en la fase que lleguen y allí donde sean necesarios en caso de que las dependencias judiciales no cumplan con los requisitos sanitarios de distanciamiento.

Habría un espacio de tiempo entre ambos turnos a fin de llevar a cabo la limpieza y desinfección de los puestos de trabajo.
El turno de tarde, a efectos de su incentivación (art. 500.3 LOPJ), tendría una duración inferior que el de mañana (pudiendo quedar en unas 4 horas y media), además el trabajo se desarrollaría a puerta cerrada.
Se establecería una franja de flexibilidad horaria en los accesos.
En los casos en que se considere necesaria su existencia, los turnos de tarde:

Serán voluntarios y se autogestionarían por cada oficina.
Se están valorando cuáles serán los criterios para fijar la composición de los turnos de tarde, si bien se valora dar preferencia a quienes tengan mayores o menores a su cargo y, en su defecto, por antigüedad en el destino.
También se emplazan a próximas reuniones esta misma semana, quedando pendiente una GUÍA DE SALUD SANITARIA que trasladarán inmediatamente, y estando pendiente también la regulación del proceso de desescalada, lo que implicará una nueva Resolución del Ministerio de Justicia regulando la presencialidad, con los correspondientes cuadros relativos a las oficinas judiciales, y que, como es habitual, tendrá su reflejo en la correspondiente Resolución autonómica.

En cuanto tengamos mas información al respecto os la haremos llegar.


TELETRABAJO EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA VALENCIANA

TELETRABAJO EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA VALENCIANA

En la última resolución del Ministerio de Justicia desarrolla varias modalidades de prestación de servicio y entre ellas distingue la modalidad del teletrabajo por el personal que voluntariamente pueda prestarlo con dispositivos personales desde su domicilio. Consultada la Dirección General de Justicia sobre el tema, nos remite a la Resolución del Ministerio.

Los Letrados han empezado a ofrecer esta modalidad de trabajo a sus funcionarios, pero quedan muchas cuestiones que no se han aclarado, ni por parte de la Dirección General de Justicia, ni por parte del Ministerio.

A pesar de estas lagunas, sí que podemos definir algunas cuestiones.

-      El teletrabajo es totalmente voluntario, y el que ofrece los medios es el propio personal.

-      Tal y como dice la resolución del Ministerio, debe atender, al igual que la presencial, la totalidad de las funciones ordinarias correspondientes al puesto de trabajo, en la medida en que lo permitan los medios disponibles. Al no disponer de expediente digital, pocas tareas serán posibles realizar sin acceso al expediente completo.


SE MANTIENE EL HORARIO FALLAS Y MADALENA

SE MANTIENE EL HORARIO FALLAS Y MADALENA

Se publica en la intranet:  La Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia informa de que se mantiene la jornada reducida para los días de Fallas y Magdalena.


INTERSINDICAL SOLICITA LA PRORROGA DEL DISFRUTE DíAS DEL 2019

INTERSINDICAL SOLICITA LA PRORROGA DEL DISFRUTE DíAS DEL 2019

Debido a la suspensión de las fiestas de la Magdalena en Castellón y las Fallas en la provincia de Valencia, Intersindical Justicia ha solicitado a la Dirección General que la prorroga de los días de asuntos propios correspondientes al año 2019 que no se hubieran disfrutado hasta la fecha, se prorrogue hasta que se señale nueva fecha de celebración de las fiestas de Magdalena y Fallas.

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REDUCCIÓN DE JORNADA FIESTAS DE FALLAS Y MAGADALENA

REDUCCIÓN DE JORNADA FIESTAS DE FALLAS Y MAGADALENA

La Dirección General de modernización y Relaciones con la Administración de Justicia ha publicado las Resoluciones sobre la reducción de jornada por fiestas locales de Fallas y Magdalena.

Reducción de jornada Fiestas de Fallas Los días 13, 16, 17, 18 y 20 de marzo la jornada reducida será de 9.00 a 14.00 horas para los funcionarios destinados en la ciudad de Valencia, o en aquellos otros municipios de la provincia donde se celebran fiestas de Fallas como fiestas locales.


Reducción de jornada Fiestas de la Magdalena


  Los días 13, 17, 18, 20 y 23 de marzo la jornada reducida será de 9.00 a 14.00 horas para los funcionarios destinados en la ciudad de Castellón y aquellos otros municipios de la provincia donde se celebran fiestas de la Magdalena como fiestas locales.

Dentro de dicho periodo de jornada reducida se podrá acumular, de forma individual por cada empleado público la reduccion horaria de
tres días
en un día completo, siempre que las necesidades del servicio queden cubiertas, por medio del turno que se establezca en el mismo órgano judicial.

Accede a las Resoluciones:



Fiestas de Fallas


Fiestas de la Magdalena


BORRADOR FALLAS 2020



PINCHA AQUÍ PARA OBTENER EL BORRADOR DE FALLAS 2020:
ESBORRANY_FALLES.pdf



NOTA INFORMATIVA RELATIVA A LA PETICIÓN DE ASUNTOS PARTICULARES DEL 2019 PARA DETERMINADOS PARTIDOS JUDICIALES DE LA PROVINCIA DE VALENCIA:

El personal de la Administración de Justicia con destino en los partidos judiciales de Alzira, Carlet, Catarroja, Gandia, Lliria, Moncada, Ontinyent, Requena, Sagunto, Sueca y Mislata a los que les queden por disfrutar días de asuntos particulares del año 2019, (los cuales se pueden disfrutar hasta el 31 de marzo de 2020), deberán solicitarlos enviando el formulario habitual escaneado a:

ua_justiciavalencia@gva.es


- Descarga aquí el formulario.


Los días de asuntos particulares del 2020 se deberán solicitar a través de la aplicación GvCronos.


IMPLANTACIÓN CRONOS FEBRERO 2020

Se comunica que a partir de las GBCRONOS_FAQ2.pdfsiguientes fechas se va a poner en funcionamiento el sistema de control horario y gestión de permisos y licencias GvCronos:

1 de febrero:
Partido judicial de Alicante
Partidos judiciales de Nules, Segorbe, Villarreal y Vinaroz
Partidos judiciales de Alzira, Carlet, Catarroja, Gandia, Lliria, Moncada, Ontinyent, Requena, Sagunto, Sueca y Mislata.

17 de febrero:
Resto de partidos de la provincia de Alicante: Alcoy, Benidorm, Elda, Ibi, Novelda, Orihuela, San Vte del Raspeig, Torrevieja y Villena.

La aplicación tendrá un periodo de prueba de 1 mes.


Por lo tanto, desde las fechas indicadas se deberán registrar las entradas y salidas del puesto de trabajo, así como solicitar los permisos que procedan, a través de la nueva aplicación GvCronos.


Para acceder a la referida aplicación se habilitará un icono en el escritorio de cada equipo. No obstante, también se podrá acceder tanto a través del enlace “Fichaje CRONOS” del apartado Principales Enlaces de la Intranet, como desde el Portal del Funcionario.


Para su correcta utilización se ruega encarecidamente la lectura de los manuales de la aplicación y funcionamiento que se encuentran disponibles tanto en el apartado “Horario” de la Intranet de Justicia, como en el Portal del Funcionario.


PREGUNTAS FRECUENTES:PREGUNTAS_FRECUENTES_CRONOS_8_links.pdf


TELÉFONOS DE INTERÉS


Nueva ampliación del permiso de nacimiento, adopción, del progenitor diferente de la madre biológica a doce semanas desde este 1 de enero.

Nueva ampliación del permiso de nacimiento, adopción, del progenitor diferente de la madre biológica a doce semanas desde este 1 de enero. El permiso se ha ampliado hasta las doce semanas en 2020, cuatro de las cuales se deberán tomar ininterrumpidamente tras al parto. Las ocho restantes podrán disfrutarse a lo largo del primer año de vida del bebé. VER RESOLUCIÓN


CALENDARIO FIESTAS LOCALES 2020

Publicado en el DOGV del pasado día 23 de diciembre resolución de 19 de diciembre de 2019, del Conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueba el calendario de fiestas locales, retribuidas y no recuperables, en el ámbito de la Comunitat Valenciana par el año 2020.


RESOLUCIÓN DÍA ADICIONAL 2020

La Dirección General de Justicia nos ha remitido la resolución por la que se establece un día adicional de asuntos propios por coincidir un festivo en sábado en 2020, con lo que se añade a los nueve que ya teníamos. Accede a la resolución


FESTIVOS 2020

Contamos en Valencia para el año 2020 con 2 días festivos los días 22 de enero (San Vicente Mártir) y 20 de abril (San Vicente Ferrer), más 12 días Festivos Nacionales, que son lo siguientes:

• 1 de enero (Año Nuevo)
• 6 de enero (Epifanía del Señor)
• 19 de marzo (San José)
• 10 de abril (Viernes Santo)
• 13 de abril (Lunes de Pascua)
• 1 de mayo (Fiesta del Trabajo)
• 24 de junio (San Juan)
• 15 de agosto (Asunción de la Virgen)
• 9 de octubre (Día de la Comunidad Valenciana)
• 12 de octubre (Fiesta Nacional de España)
• 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción)
• 25 de diciembre (Navidad)
ASUNTOS PARTICULARES Además la reforma del artículo 503 la LOPJ contempla que el personal de justicia puede disfrutar 9+1 días (por el sábado 15 de agosto) correspondientes al 2020 no acumulables a las vacaciones.


BOLETIN NOVIEMBRE 2019


MODELOS SOLICITUD DE PERMISOS, LICENCIAS, PRESTACIONES, ...

MODELOS SOLICITUD DE PERMISOS, LICENCIAS, PRESTACIONES, ...

Formulario solicitud acumulación permiso de lactancia. Instrucción 16/06/2004

Formulario solicitud acumulación permiso de lactancia.  lactancia.doc


Formulario solicitud reducción parte fija del horario - Plan CONCILIA

Modelo de solicitud de modificación de parte fija del horario por motivos de conciliación de la vida familiar y laboral   PLAN_CONCILIA_PARTE_FIJA_HORARIO.pdf


Instrucciones de cumplimentación y presentación del modelo de solicitud modificación de parte fija del horario   instrucc-concilia.pdf


Modelos solicitud de permisos, vacaciones y licencias.


Modelo de solicitud de permisos   SOLICITUD_PERMISOS.pdf

Modelo solicitud de vacaciones   1licenciasreducciones.pdf

Modelo solicitud de licencias y reducciones de jornada 1licenciasreducciones.pdf

Modelo normalizado de la Comisión Permanete del C.G.P.J. para solicitar la compatibilidad


OTROS:

ACCIDENTE LABORAL Modelos_Accidente_laboral.pdf

INFORME FAVORABLE LAJ informe_favorable_LAJ.doc

PROPUESTA NOMBRAMIENTO INTERINO propuesta_nombramiento_interino.pdf

SOLICITUD TRIENIO solicitud_trienios.pdf