CAÓTICA ENTRADA EN LA FASE 2 DE LA DESESCALADA

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26 / 05 / 2020 | jpardo

Hoy en teoría tendríamos que haber pasado a la segunda fase de desescalada en la Administración de justicia de nuestro territorio. Tras una reunión en el día de ayer en la que se nos comunico que aun no estaba concluido el plan de contingencia, en el que se dictan las instrucciones para la incorporación del personal de la Administración de Justicia, parte fundamental para poder determinar los aforos en cada sede judicial, por lo que sin este estudio, no se puede determinar que órganos deben adaptarse a los turno de mañana o de mañana y tarde.
Anoche, cerca de las 12.30 h. aun estábamos intentando que la Administración corrigiera la Resolución que debía de ser el referente, para que hoy se hubiera podido distribuir las jornadas en cada uno de los órganos judiciales, por lo que hasta la fecha y ha esta hora, no se puede garantizar que Juzgados por criterios sanitarios, deben regirse por turnos de asistencia de mañana y tarde, ni que porcentaje de personal debe asistir de forma presencial.

Por todo ello, las organizaciones sindicales presentamos un escrito con los siguientes puntos:
PRIMERO: Exigimos que se incluyan en la indicada resolución los indicados anexos, así como un pronunciamiento expreso en relación a lo que significan, ya que los mismos únicamente contienen una relación de órganos judiciales, sin hacer ninguna mención a si los mismos cumplen la medidas de seguridad o todo lo contrario.
SEGUNDO: Asimismo reclamamos que en lo sucesivo se actúe con un margen mínimo de previsión para evitar situaciones tan lamentables como la actual. Aún estando en una situación de crisis y siendo conscientes de que los tiempos son escasos, hay muchas medidas que se pueden tomar para evitar nuevas situaciones de caos jurídico como la actual y seguirán contando para ello con nuestra máxima colaboración como hasta ahora, si bien con unos límites razonables que nos eviten situaciones como la presente.
TERCERO: Corresponde a esa Consellería la publicación y difusión de sus propias resoluciones. Por lo tanto, en lo sucesivo, si desean que puedan ser conocidas por el personal antes de su fecha de entrada en vigor, deberán proceder a su publicación en la Intranet con la suficiente antelación y con la debida concreción, ya que es totalmente inaceptable que se nos pretenda utilizar como medio de difusión, máxime si tenemos en cuenta la excesiva premura y falta de precisión sufridas en la presente ocasión.
Todo ello al margen del legítimo derecho que tenemos las centrales sindicales de seguir siendo informadas previamente de cualquier nueva disposición o acuerdo que afecte a las condiciones laborales del personal de justicia en esta Comunidad.
CUARTO: Por último, en relación a los permisos por deber inexcusable por hijos menores o por mayores dependientes, solicitamos que en la resolución se incluya ya mención de hijos hasta 14 años, conforme a lo establecido en la orden ministerial, y asimismo se indique expresamente que quienes lo tienen ya concedido no necesitan realizar una nueva solicitud, por tener ya acreditados y concedidos dichos permisos.

Esperamos que la Administración tome nota, corrijan los errores cometidos y enmiende este despropósito para que todos sepamos a que atenernos, que podamos tener una desescalada segura no volviendo a padecer situaciones que ya creímos superadas y que no volverían.




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